Cuando por cualquier motivo pagamos el recibo de un impuesto o tasa municipal fuera del periodo establecido, hay que sumar al importe el llamado “recargo”. Pero, ¿siempre se paga lo mismo?, ¿hay que pagarlo necesariamente? ¿Se puede recurrir?

En este post vamos a explicarlo todo lo relativo a los recargos para aclararte todas las dudas.

Los tributos tienen un plazo de pago fijado por la ley. En el caso de los impuestos que se pagan por recibos, hay dos meses de periodo de pago en voluntaria (dentro de plazo). Finalizado ese plazo, aparecen los recargos.

¿Solo por un día de retraso? Sí, justo al día siguiente de la finalización del periodo de pago voluntario.

Ese mismo día empieza, de acuerdo a la ley, el periodo ejecutivo de cobro.

¿En cuánto se incrementa el importe del recibo?

Depende del tiempo transcurrido desde que haya finalizado el periodo de pago voluntario (dentro de plazo).

  • Si pagamos en los días inmediatamente posteriores al último día de pago voluntario, pero antes de que nos notifiquen la deuda, nuestro recibo se incrementa en un 5%
  • Si no hemos pagado con el 5%, y nos envían la notificación que nos comunica que la deuda ya está en ejecutiva, tenemos un plazo para pagarlo con el 10%.
  • En caso de no atender al pago en ese plazo, el recargo pasa a ser del 20%y además se empiezan a cobrar intereses de demora y otras costas.

¿Podemos recurrir si no estamos de acuerdo con el recargo?

Por supuesto. Tenemos el plazo de un mes desde que nos notifican la providencia de apremio (comunicación de que la deuda ya está en ejecutiva) para presentar recursos.

Las causas por las que se puede recurrir  para solicitar la anulación  del recargo entre otras, son las siguientes:

  • Porque el recibo esté ya pagado y por algún motivo la administración lo desconocía. En ese caso basta con aportar la prueba del pago realizado con anterioridad.
  • Por tener solicitado un fraccionamiento o aplazamiento de pago y por algún motivo no se ha tenido en cuenta.
  • Porque la deuda se haya anulado por algún acuerdo administrativo.

Suma pone al alcance de los ciudadanos numerosas fórmulas para evitar pagar con recargos, como son las domiciliaciones, el plan de pago personalizado, la recepción telemática… ¿Quieres saber más?  Infórmate en www.suma.es