¿Alguna vez te has preguntado cómo se calcula el importe de tu recibo del IBI? En este post aclaramos tus dudas.
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto local que se pone al cobro todos los años y que grava la propiedad (o usufructo) de los llamados bienes inmuebles.
Los bienes inmuebles (o bienes raíces) son propiedades que no pueden moverse del lugar en el que están, tales como tierras, locales, viviendas, plazas de garajes, trasteros; en general todos aquellos que tenga una escritura de propiedad.
Los datos para el cálculo del IBI están contenidos en el recibo y la fórmula de cálculo es la siguiente:
Conceptos de la fórmula para calcular el IBI
Vamos a ver por partes cada concepto.
La base liquidable es el valor que se toma para el cálculo y coincide con el valor catastral del inmueble en la mayoría de los casos, aunque en ocasiones puede ser diferente.
El tipo impositivo es un porcentaje fijado por cada ayuntamiento en su Ordenanza Fiscal y está limitado por ley para cada clase de bien inmueble (urbano o rústico). En la web de Suma puedes encontrar el tipo impositivo de tu municipio.
Una vez calculada la cuota con esta fórmula (que se llama cuota íntegra) solo quedaría verificar si ese inmueble tiene alguna bonificación fiscal, es decir, alguna reducción en el importe motivado por alguna de las causas que establece la ley, por ejemplo, por familia numerosa.
Al final de este cálculo obtenemos la llamada cuota líquida, que realmente es la cantidad que deberemos finalmente pagar.
Ejemplo práctico de un recibo del IBI
Pongamos que tenemos un inmueble con un valor catastral de 100.000€ y un tipo impositivo de 0,7%.
Aplicando la fórmula que hemos visto anteriormente, la cuota íntegra será 100.000€ por 0,7%, es decir 700€.
- Si no existe ninguna bonificación aplicable, el cálculo del importe del recibo del Impuesto terminaría en este momento La cantidad a pagar sería de 700€ ya que la cuota íntegra coincide con la cuota líquida.
- Si hubiera una bonificación por familia numerosa, por ejemplo del 60%, el cálculo se modificaría del siguiente modo. Calculamos primero la bonificación: el 60% de 700€ son 420€. Este importe lo restamos de la cuota íntegra (700€ menos 420€).
El importe a pagar (cuota líquida) de este recibo bonificado sería de 280,00€.
En resumen, el importe del recibo del IBI será el resultado de aplicar sobre la base liquidable el tipo impositivo establecido por cada ayuntamiento para el año en curso, reduciéndose dicho importe en caso de tener derecho a alguna bonificación.