En el recibo del IBI emitido por Suma constan la superficie construida y la del suelo de la finca. En ocasiones esta información no es la correcta, y surge la pregunta: ¿cómo podemos hacer que se corrija para futuros recibos? El proceso es sencillo, se lo explicamos en este post.

Empecemos recordando que estos datos de superficie  provienen de la información de Catastro. Suma tiene la capacidad para gestión y recaudación del impuesto de IBI, pero no puede aprobar modificaciones de las superficies que aparecen en los recibos. Esta competencia la tiene solo la Dirección  General de Catastro.

Por qué aparecen datos incorrectos de superficie en el recibo

Existen varias causas y cada una tiene una solución distinta:

  • Si existe un error de origen en la finca, es decir, desde que consta en base de datos catastral aparece con una superficie errónea, hay que interponer un recurso ante Catastro.
  • Si la propiedad ha sufrido alguna alteración (ampliación de la construcción, derribo y obra nueva) y no está correctamente reflejada en la base de datos catastral, hay que hacer una declaración de dicha modificación ante Catastro.
  • La superficie puede que incluya los elementos comunes de la finca a la que pertenece, en cuyo caso el dato es correcto. Para verificarlo, el interesado puede hacer una consulta en la Sede Electrónica del Catastro y así comprobar que la superficie  que consta en su recibo es la suma de la superficie de su propiedad y la correspondiente a los elementos comunes. Esta consulta no requiere identificación digital al ser datos no protegidos.
  • Si el dato de superficie es ya incorrecto en el título de propiedad, la rectificación debe hacerse en la notaría.

Dónde presentar la documentación para su corrección

Estas son las opciones posibles:

  • En la Sede Electrónica de Catastro con identificación digital. Es la forma más directa y aconsejable.
  • En las Gerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.
  • Por correo postal a la Gerencia Territorial del Catastro. C/ Reyes Católicos 39 – 03003 Alicante.
  • En Suma a través de su  Sede Electrónica con identificación digital.
  • Acudir a cualquier oficina de Suma en la provincia de Alicante.
  • En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si el trámite se realiza en Suma, nosotros nos ocupamos de trasladar la documentación a Catastro.

Documentación a presentar por el interesado

Un cambio en la descripción de un bien inmueble requiere documentarlo adecuadamente para que se realicen las modificaciones pertinentes.

  • Escrito dirigido a la Gerencia del Catastro exponiendo la modificación a realizar en la superficie de la propiedad.
  • En el caso de que el declarante actúe como representante del obligado a declarar, documento acreditativo de la representación o autorización.
  • Título de propiedad, escritura o nota simple actual del Registro de la Propiedad.
  • Planos, elaborados por técnico competente, acotados y a escala y a ser posible georreferenciados con coordenadas U.T.M.
  • Si la modificación se debe a una alteración realizada en su propiedad, además deberá aportar certificado técnico del final de obra, ampliación… en cuyo caso deberá cumplimentar el modelo 900-D al presentarlo por la Sede Electrónica del Catastro.

Para más información sobre el tema puede consultarlo en la sede del Catastro.