¿Vas a comprar o vender una vivienda y tienes dudas sobre quién debe hacerse cargo del pago del recibo del IBI? En este post te lo aclaramos.

La respuesta a quién debe pagar el IBI es sencilla: deberá pagarlo en su totalidad quien ostente la condición de sujeto pasivo del IBI en el momento del devengo del impuesto, esto es, a 1 de enero del año en que se produce la venta.

Por ejemplo, si el  3 de enero de  2021 el sujeto “A“  vende un piso al sujeto “B” , deberá pagar el recibo íntegro del IBI del 2021 el vendedor, esto es el sujeto “A”.

Según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales el sujeto pasivo es la persona que tiene alguno de estos derechos sobre un inmueble:

  • Concesión administrativa
  • Derecho de superficie
  • Derecho de usufructo
  • Derecho de propiedad

¿Qué pasa si varias personas tienen derecho sobre el inmueble?

En determinados casos, cuando hay varias personas con estos derechos sobre un mismo inmueble, la ley obliga a seguir este orden de prioridad, para determinar quién, de entre todos los posibles candidatos, debe ser el  sujeto pasivo del impuesto,

Así, para saber quién debe pagar el IBI cuando sobre una vivienda, según escritura pública, hay una persona que tiene reconocido un derecho de usufructo y otra un derecho de propiedad, aplicando esta regla de prioridad, será sujeto pasivo aquella persona que tenga el  derecho de usufructo, y en ningún caso quien tenga reconocido el derecho de propiedad en la escritura.

Pero si se da el caso de que varias personas tienen el mismo derecho sobre un bien inmueble, por ejemplo derecho de propiedad, todas estas personas serán candidatas a sujeto pasivo.

En estos casos, la Ley General Tributaria permite que (si se dan las circunstancias previstas en la norma legal) se solicite la división de la cuota, de forma que cada persona se convierte en sujeto pasivo del recibo en el porcentaje que ostente según escritura.

Por ejemplo, dos copropietarios que tengan cada uno el 50% podrán dividir y pagar la cuota del IBI al 50% cada uno.