Una pre-declaración catastral es comparable al borrador de la declaración de la renta, se trata de una solicitud que se prepara para Catastro con el fin de declarar algún hecho, acto o negocio que afecte a uno o a varios inmuebles, por ejemplo, una obra nueva, una compraventa, una segregación etcétera.
Lo mismo que en el caso de los ingresos y rentas, existe una obligación administrativa de informar a Catastro de todo tipo de modificaciones en los inmuebles con el fin de que queden registrados y puedan actualizarse los datos en los padrones fiscales. Esta obligación se cumple presentando el modelo 900D.
Este trámite se puede hacer por Internet en la llamada Sede Electrónica del Catastro pero se requiere una identificación digital, aunque el interesado no siempre dispone de ella. La novedad está en que Catastro ha habilitado en su sede un acceso libre, sin certificado digital, en el que se pueden introducir los datos y obtener un “documento borrador” que se llama pre-declaración catastral. Este documento se debe imprimir y firmar por el interesado, después se puede presentar en cualquier Administración, incluida Suma Gestión Tributaria.
Para ello acuda a cualquiera de nuestras oficinas de Suma, lleve consigo su pre-declaración y allí le asignaremos un número de expediente de Catastro adquiriendo la firmeza de una declaración ya presentada. No hay que olvidar adjuntar todos los documentos que se han enviado electrónicamente en la pre-declaración hecha en la sede de Catastro.
Tras la entrega de la declaración catastral será la Gerencia Territorial del Catastro, o las entidades con convenio de colaboración en vigor, las encargadas de resolver el expediente.