Suma establece en el Calendario del contribuyente dos momentos de pago en el año para los recibos anuales de los impuestos y tasas municipales, que se denominan primer y segundo periodo voluntario de pago.

El término de “periodo voluntario” no se refiere a que su pago sea opcional, ya que el pago de los impuestos en cualquier caso es obligatorio, sino a que el contribuyente elige realizar el pago dentro del plazo establecido. Por ello se paga sin recargo.

Impuestos y tasas que se ponen al cobro entre el 5 de marzo y el 10 de mayo 2024

En el primer periodo de pago, que este año 2024 es desde el 5 de marzo hasta el 10 de mayo, Suma pone al cobro los siguientes impuestos:

  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • Tasa de recogida de residuos
  • Tasa de vados
  • Otras tasas municipales e ingresos de derecho público

Alcoi, Alicante, Santa Pola y Xàbia no están afectados en este periodo. Para más detalles consulte la Información municipal en nuestra web.

Impuesto sobre Vehículos IVTM

Este impuesto grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por las vías públicas. Se considera un vehículo apto todo aquel que esté inscrito en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT) y mientras no cause baja en el mismo.

Este detalle es importante, ya que el recibo de un vehículo se seguirá emitiendo, aunque ya no esté en uso hasta que no se solicite su baja en Tráfico.

El impuesto lo deben pagar las personas, físicas o jurídicas, a cuyo nombre conste el vehículo en el Permiso de Circulación a fecha de 1 de enero, aunque lo haya transferido con posterioridad.

Tasa de recogida de residuos

Esta  tasa sirve para pagar el servicio de recogida de la basura, tratamiento y, en su caso,  gestión de ecoparques y transferencia, una función esencial para la seguridad y salubridad del municipio.

La tasa empieza a cobrarse a partir del momento en el que comienza efectivamente el servicio.

El cálculo de esta tasa puede variar de un municipio a otro y el recibo lo deben pagar los titulares de las viviendas y locales o de la actividad económica, si es que se realiza alguna en los mismos.

Tasa de vados

La tasa de vados grava el derecho a utilizar un espacio de la vía pública, de forma particular o privativa:

  • Entradas de garajes de edificios
  • Zonas de aparcamiento exclusivo
  • Zonas de parada de vehículos
  • Zonas de carga y descarga

Los requisitos y tarifas aplicadas en cada caso se regulan en las ordenanzas municipales, disponibles en el sitio web del ayuntamiento en el apartado Información municipal del web de Suma.

Los recibos se pueden pagar utilizando las diferentes formas de pago disponibles , a plazos, por domiciliación, por Internet o por teléfono. Para más detalles visite la página de información sobre el periodo de pago voluntario.