Al objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, Suma posibilita la concesión de aplazamientos y fraccionamientos. En ambos casos, además de la deuda, se deben abonar los intereses que se generan hasta la fecha del pago de cada una de las fracciones concedidas.
Los intereses que se aplican son los que legalmente se establecen cada año. En particular para deudas tributarias se aplican los mismos que en una demora, el 4,0625 %, y en deudas no tributarias (multas o sanciones) o aquellas garantizadas con aval, el interés es del 3,25 %, ambos datos correspondientes a 2024. En consecuencia puede resultar ventajoso para un contribuyente el proceder a la amortización de la deuda antes de los plazos que se han establecido en el calendario de pagos.
Para ello Suma pone a disposición de los contribuyentes la posibilidad de cancelar anticipadamente la totalidad de la deuda pendiente (esto sí que es un requisito) en el plan de aplazamiento o fraccionamiento.
El procedimiento es muy sencillo y rápido. Puede realizarlo por teléfono o de forma presencial en cualquier oficina de Suma. Se le generará un documento de pago especial que incluye toda la deuda con los intereses hasta ese día y lo puede abonar por cualquiera de los modos de pago establecidos, en la misma oficina de Suma por tarjeta, en entidad colaboradora, en la web de Suma o a través del mismo Centro de Atención al Usuario en el 965.292.000
Recuerde que en Suma estamos a su disposición para darle información sobre cualquier aspecto de sus obligaciones tributarias municipales.